Dom. Sep 24th, 2023

La Administración Tributaria amplío las actividades económicas que pueden ingresar en el Régimen
Simplificado, además de que aumentó el monto de compras anuales para pertenecer en él, explicó Alberto
Porras, socio director de la firma Baker Tilly Costa Rica.
07 de febrero, 2023. A partir del 1 de marzo del 2023 entrarán a regir las nuevas reformas al Régimen de
Tributación Simplificada del Impuesto sobre la Renta. Así lo anunció el Ministerio de Hacienda mediante publicación
en el diario oficial La Gaceta N°19 del pasado 2 de febrero.
Alberto Porras, socio director de la firma Baker Tilly Costa Rica, explicó que estas reformas se dan mediante el
decreto ejecutivo No. 43881-H. En él, añade el especialista, se regulan los requisitos para el ingreso de los
contribuyentes al Régimen de Tributación Simplificada. Además, específica el cálculo del impuesto a pagar y las
fechas de presentación de las declaraciones.

El socio director de Baker Tilly Costa Rica, comentó que entre los principales cambios que presenta este Régimen
están los requisitos que deben cumplir los contribuyentes. El primer cambio es en el monto máximo de compras
anuales de los contribuyentes para mantenerse en este Régimen. Este pasó de 150 salarios base (¢69.330.000) a 186
salarios base, incluyendo el IVA.
“Esto quiere decir que las personas o contribuyentes que estaban muy cerca de montos de 69 millones en compras
anuales, aproximadamente, al aumentarse este tramo, pueden superar ese monto y mantenerse en el Régimen de
Tributación Simplificado sin problema”, mencionó Porras.
Otra reforma importante, agregó, es que el Ministerio de Hacienda amplío las actividades que pueden pertenecer a
este tipo de Régimen. Ello significa que muchos contribuyentes que actualmente están en el Régimen a las
Utilidades o, como se conoce popularmente, Régimen Tradicional, pueden emigrar y trasladarse al Régimen
Simplificado, “esto siempre y cuando cumplan con las características de este tipo de Régimen. Dentro de ello están
criterios como cantidad de empleados, máximo de activos, máximo de compras, entre otros”, afirmó el especialista
de Baker Tilly Costa Rica.
Entre las nuevas actividades incluidas en el Régimen de Tributación Simplificada están:
d) Elaboración y venta de todo tipo de repostería y pastelería;
g) Viveros de planta ornamentales, suculentas, plantas de jardín y elaboración de terrarios, excepto la
producción de almácigos;
k) Elaboración de todo tipo de bisutería; así como su reparación;
l) Elaboración de artesanía y obras de artes, así como su restauración;
n) Confección de productos textiles para personas, así como su reparación;
o) Confección de productos textiles y accesorios, para mascotas, así como su reparación;
r) Servicios de serigrafía;
s) Servicios de sublimación.
También, se elimina el tope del valor máximo individual de venta, de cualquier unidad de bebida alcohólica, que
supere el 1% del salario base.

De igual forma, con estas reformas, se permite la inclusión al Régimen Simplificado a las actividades que tengan
origen en la explotación de una franquicia, marca, nombre comercial.

“Es importante recordar que el contribuyente del Régimen de Tributación Simplificado no está obligado a emitir
factura electrónica; sin embargo, podrá optar, de manera voluntaria y exclusiva, por la emisión de comprobantes
electrónicos, utilizando para ello la figura de emisor receptor no confirmante”, afirmó Porras.

Estas reformas en el Régimen rigen a partir del 1 de marzo del 2023.
Para conocer la lista completa de actividades económicas, como los requisitos y montos máximos, los interesados
pueden encontrarla en el decreto ejecutivo Régimen de Tributación Simplificada No. 43881-H en el link:
https://www.imprentanacional.go.cr/pub/2023/02/02/COMP_02_02_2023.pdf.

A calculator with the 2023 on the display

By Alexander Brenes A

12 años de experiencia dedicado a medios de prensa nacional,Presidente de la Fundación de Medios REDMAI,egresado del Ina en Marketing Digital,Comunity Manager,Actualmente estudiando periodismo digital.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

error: Content is protected !!