Días atrás dimos a conocer el detalle de algunos vehículos que usan los oficiales de la Policía Municipal de Puriscal para el resguardo ciudadano, resulta que uno de los vehículos y varias motocicletas, no se encuntran al día en su derecho de circulación.
Consultando al ICD entidad del estado quien esta restando estas unidades, en el reglamento que ellos utilizan para el préstamo en el articulo 21 y 22 se detalla lo siguiente:
. Los bienes que no sean devueltos en iguales o mejores condiciones de las que fueron entregados, no podrán ser recibidos por la UAB.
Los automotores tendrán que ser devueltos con RTV y marchamo al día.
Quedando claro que el responsable de los marchamos es meramente la entidad que solicita el prestamo,osea la municipalidad.
Usted puede ver en el siguiente enlace los lineamientos:
Lineamientos-prestamo-de-bienes
Ante este panorama la Policía de Transito podría aplicar el art 146 i,e inclusive hacer el decomiso de las matriculas. Esto según la información que nos aporto transito, a la ve nos menciono que la ley no exime y se debe respetar la misma.
Por los momentos esta patrulla permanece en el taller, pero las motocicletas si están siendo usadas. Quién aplicara la ley, será que el jefe de la policía se hará responsable si existiera un accidente, ya que según fuentes el es quien da la orden a los rasos de usar los vehículos así.